trabajador recibiendo su salario

Ciudad de Mexico. La Ley Federal del Trabajo (LFT) en México no menciona expresamente el “día 31”, pero sí establece reglas claras respecto al pago del salario, la jornada laboral y la periodicidad del pago:

1. El salario se paga por día trabajado y cuota diaria

  • Artículo 82 y 89: El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. La LFT establece el concepto de salario diario (cuota diaria). Por ley, cada día que el trabajador está a disposición del patrón o labora conforme a su contrato, debe ser pagado.

2. Plazos máximos de pago

  • Artículo 88: Establece los plazos máximos para el pago del salario:
    • 1 semana para personas que desempeñan un trabajo material o de mano de obra.
    • 1 quincena para los demás trabajadores.

3. Días de descanso semanal pagados

  • Artículo 69 y 71: Por cada seis días de trabajo, el trabajador disfrutará de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.

¿Cómo se interpreta ante la Ley?

  • Si el contrato establece un Salario Diario: Si fuiste contratado con un sueldo por día (ejemplo: $500 pesos diarios), la LFT respalda que en un mes de 31 días se te paguen los 31 días completos ($500 × 31), ya que trabajaste o tuviste el derecho a descanso pagado durante todos esos días del mes calendario.
  • Si el contrato establece un Salario Mensual: Cuando el contrato fija una cantidad mensual (ejemplo: $15,000 al mes pactados en 2 quincenas de $7,500), la jurisprudencia y la práctica laboral entienden que el sueldo mensual pactado ya cubre la totalidad del mes calendario (sea de 28, 30 o 31 días). En este caso, el día 31 ya se encuentra integrado dentro de la retribución mensual pactada.

El salario mínimo en México está dividido en dos zonas geográficas:

Zona GeográficaSalario DiarioEstimado Mensual (30 días)
Zona General (Resto del País)$315.04 MXN$9,451.20 MXN
Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN)$440.87 MXN$13,226.10 MXN

(Nota: La Zona Libre de la Frontera Norte abarca municipios fronterizos de los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas).

Aplicación según el periodo de pago

Si ganas el salario mínimo general ($315.04 MXN/día), tus pagos brutos aproximados por periodo se calculan así:

  • Semanal (7 días): $2,205.28 MXN
  • Catorcenal (14 días): $4,410.56 MXN
  • Quincenal (15 días): $4,725.60 MXN
  • Quincenal en mes de 31 días (16 días): $5,040.64 MXN

La “diferencia de días” ocurre porque los periodos de pago no siempre coinciden exactamente con los días calendario del mes. La forma de administrarla depende de si el pago se basa en un mes comercial (30 días fijos) o en días naturales trabajados.

1. En nómina quincenal

  • Meses de 31 días (1 día extra):
    • Método comercial (30 días/mes): Se pagan 15 días en la primera quincena y 15 días en la segunda. El día 31 no incrementa el sueldo porque la retribución mensual pactada ya está dividida en dos partes iguales.
    • Método de días reales (naturales): La primera quincena ampara 15 días (del 1 al 15) y la segunda ampara 16 días (del 16 al 31). En esta última se cobra un día adicional de sueldo base.
  • Mes de febrero (28 o 29 días – déficit de días):
    • Método comercial: Se pagan los 15 días completos en la segunda quincena, ajustando el periodo a 30 días de sueldo.
    • Método de días reales: La segunda quincena cubre únicamente 13 o 14 días laborados.

Puntos legales clave (Ley Federal del Trabajo y Código Fiscal)

  1. Inembargabilidad: El salario mínimo no puede ser objeto de compensación, descuento o reducción, salvo pensiones alimenticias o créditos de vivienda (Infonavit / Fonacot) debidamente estructurados.
  2. Exención de ISR: Los trabajadores que perciben únicamente un salario mínimo están exentos de que se les retenga el Impuesto sobre la Renta (ISR) por este concepto.

Información: Abogado Laboral Harry G Rivero Centeno

Director de la firma Rivero Ojeda Abogados

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