Huelga en el Monte de Piedad: Mantienen negociaciones bajo discreción

CIUDAD DE MÉXICO, 14 de julio de 2026. — La ausencia de reportes concretos sobre el avance de las negociaciones entre el patronato del Nacional Monte de Piedad y sus trabajadores se debe a una solicitud de discreción emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). De acuerdo con las representaciones laborales, ambas partes aceptaron guardar confidencialidad sobre los temas abordados con el objetivo de facilitar un acuerdo que ponga fin al movimiento de huelga.

Confidencialidad en el diálogo y afectaciones a usuarios

Javier Morales Martínez, secretario de la Sección 35 del sindicato, confirmó que la falta de actualizaciones públicas responde a una estrategia recomendada por la autoridad federal laboral.

Declaración de Javier Morales Martínez: “Por consejo de la Secretaría del Trabajo se solicitó tanto a la parte patronal como a la representación sindical guardar discreción sobre los temas que se están tratando en el intento de llegar a un acuerdo para terminar este movimiento de huelga”.

Morales Martínez señaló que el conflicto ha generado afectaciones directas a un estimado de cinco millones de clientes, quienes se encuentran imposibilitados para recuperar sus prendas empeñadas debido a la continuidad del paro de actividades. Asimismo, el funcionario sindical acusó al patronato de la institución de buscar el desgaste de la base trabajadora. Bajo este contexto, se reportó que desde el pasado 1 de octubre los empleados no han percibido sus salarios ni prestaciones de ley, incluyendo el aguinaldo.

Estatus legal del conflicto laboral

El desarrollo de la huelga y las condiciones de trabajo se mantienen vinculados a dos procedimientos judiciales distintos que norman el conflicto actual:

  • Fallo sobre prestaciones sociales: El pasado 18 de junio, el Sindicato Nacional de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad, de Empresas de Préstamo Prendario y Servicios Financieros (SNETNMPEPPYSF) obtuvo una resolución favorable. El líder del sindicato, Arturo Zayún González, informó que una jueza laboral rechazó la pretensión del patronato de eliminar las prestaciones del Contrato Colectivo de Trabajo, una medida que la institución justificaba desde el año pasado bajo el argumento de insostenibilidad financiera. Al no encontrar elementos suficientes para dicha modificación, la jueza determinó mantener vigentes los beneficios pactados.
  • Resolución sobre la legalidad de la huelga: El 20 de febrero de 2026, una autoridad judicial declaró inexistente el movimiento de huelga tras concluir que el sindicato no cumplió con los requisitos de sus propios estatutos. Ante esto, la representación sindical promovió un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado, el cual solicitó formalmente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejercer su facultad de atracción para resolver el caso de manera definitiva.

Cronología y Situación Jurídica de la Huelga

Fecha / PeriodoSuceso o Resolución JudicialImpacto Operativo Actual
Año anterior / En cursoEl patronato buscó eliminar las prestaciones sociales alegando falta de viabilidad financiera.Origen de la disputa en torno al Contrato Colectivo de Trabajo.
1 de octubreSuspensión total del pago de salarios y prestaciones (incluido el aguinaldo) a los trabajadores.Afectación económica directa a la base laboral en huelga.
20 de febrero de 2026La autoridad judicial de primera instancia declaró la huelga como “inexistente”.Impugnado por el sindicato; el caso pasó al Tribunal Colegiado y se evalúa por la SCJN.
MayoLa STPS ofreció una propuesta de mediación que inicialmente fue rechazada por el sindicato.El rechazo se debió a que implicaba modificar el Contrato Colectivo de Trabajo.
18 de junioUna jueza falló a favor del sindicato, manteniendo vigentes las prestaciones sociales.Se protegió legalmente el clausulado del Contrato Colectivo de Trabajo.

Perspectivas para la reanudación de actividades

El futuro inmediato de la institución financiera depende estrictamente del pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Si el máximo tribunal ratifica la resolución que declara inexistente el movimiento, las actividades comerciales en el Nacional Monte de Piedad deberán reanudarse de forma inmediata. En caso contrario, el movimiento de huelga continuaría de manera legal.

A pesar de que el sindicato declinó la primera propuesta de mediación de la STPS en mayo por considerar que vulneraba el pacto colectivo, Arturo Zayún González manifestó posteriormente que la representación laboral se encuentra a la espera de una nueva convocatoria por parte de las autoridades o del patronato para reestablecer de manera formal las mesas de negociación.

(Con información del Informador)

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